Permisos de estacionamiento para discapacitados en Carolina del Norte

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En Carolina del Norte, los conductores que reúnen los requisitos necesarios pueden solicitar una placa para discapacitados o una placa para el parabrisas. Dependiendo de la naturaleza de la discapacidad del solicitante, los privilegios de estacionamiento pueden ser permanentes o sólo temporales. Aquí están los requisitos de elegibilidad y los fundamentos de cómo funciona el proceso de solicitud y las sanciones por el mal uso de un permiso de estacionamiento para discapacitados.

Condiciones que califican para un permiso de estacionamiento para discapacitados

La ley de Carolina del Norte especifica lo que califica como una discapacidad o minusvalía a los efectos de los privilegios de estacionamiento para discapacitados. Una persona califica para estos privilegios de estacionamiento si él o ella:

  • no puede caminar 200 pies sin detenerse a descansar
  • no puede caminar sin el uso de, o la ayuda de, un aparato ortopédico, bastón, muleta, otra persona, dispositivo protésico, silla de ruedas, u otro dispositivo de asistencia
  • está limitado por una enfermedad pulmonar en la medida especificada por la ley
  • utiliza oxígeno portátil
  • tiene ciertas afecciones cardíacas
  • está gravemente limitado en su capacidad para caminar debido a una afección artrítica, neurológica u ortopédica, o
  • es totalmente ciego o tiene una visión tan defectuosa que le impide realizar una actividad ordinaria para la que la vista es esencial.

En general, la persona discapacitada debe obtener una certificación de un médico, un oftalmólogo, un optometrista, un asistente médico, una enfermera o la División de Servicios para Ciegos de que el solicitante es discapacitado. También bastará con que el Departamento de Asuntos de Veteranos de los Estados Unidos determine que el solicitante es discapacitado. En el caso de una solicitud inicial de una placa temporal extraíble para el parabrisas, la certificación puede ser realizada por una enfermera obstétrica certificada.

Privilegios de estacionamiento para discapacitados

Una placa o placa para discapacitados da derecho a la persona discapacitada o a alguien que la transporte a estacionar:

  • en espacios específicamente designados para personas discapacitadas, y
  • por un período de tiempo ilimitado en zonas restringidas en cuanto al tiempo de estacionamiento.

Las placas y carteles para discapacitados están disponibles para las personas con discapacidades permanentes y los padres o tutores de un niño con discapacidades permanentes. Las placas para discapacitados también están disponibles para las personas con discapacidades temporales.

Por supuesto, un conductor que no es discapacitado pero utiliza una placa o placa para discapacitados para transportar a alguien que es discapacitado puede usar los privilegios de estacionamiento sólo cuando transporta a esa persona.

Las placas y carteles para discapacitados de fuera del estado dan derecho a la persona a los mismos privilegios que un cartel o placa del estado.

Duración y renovación de los permisos para discapacitados

Las placas para discapacitados deben renovarse anualmente y los carteles permanentes para discapacitados deben renovarse cada cinco años. Las placas de discapacidad temporales se emiten por un máximo de seis meses.

Sanciones por el uso no autorizado de una placa de discapacidad

El mal uso o el uso no autorizado de una placa de discapacidad puede llevar a la revocación de la placa y a un proceso penal. La venta de un letrero es un delito menor de clase 2 y generalmente conlleva hasta $1,000 en multas y un máximo de 30 días en la cárcel.

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