El Formulario de Poder Notarial para Menores de Texas es un documento legal que permite a los padres o tutores legales de uno o más niños otorgar poderes temporales de tutela a un familiar o amigo de confianza. En general, esto se considera una precaución necesaria para muchos, ya que los menores/niños no pueden (ni deben) representarse a sí mismos ante ciertas instituciones sin la presencia de un adulto. Obviamente, cuando un hospital necesita determinar el tratamiento de un niño o una escuela necesita organizar un evento fuera de las instalaciones de la escuela, se llamará al padre o tutor legal del niño. Si esta entidad no está disponible (por ejemplo, viaje, despliegue militar, servicio de jurado de larga duración) para cuidar del niño, este papeleo permitirá que un agente designado se dedique a las mismas tareas de toma de decisiones o incluso a realizar acciones de las que normalmente sólo es responsable el padre o tutor legal del niño. Este tipo de delegación de poderes puede estar activa durante un periodo máximo de un año. Si el apoderado debe actuar durante un periodo de tiempo más largo, el padre o los padres que hayan emitido este documento deberán emitir una versión actualizada del mismo en el momento en que finalice. Si alguna sección de este documento requiere espacio adicional, continúe en una hoja adicional y adjúntela al documento, Este documento puede ser revocado en cualquier momento por escrito al Apoderado/Principal
Proyecto de ley del Senado – SB 1598
Designación de Tutor por Incapacitación – A diferencia del Poder de Tutor (mencionado anteriormente), esta designación sólo entra en vigor si el padre queda incapacitado (demencia, Alzheimer, etc.).
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1 – El papeleo de esta página proporciona el marco para designar un agente con poderes de tutor
Descargue este documento para que los poderes de tutor sobre el bienestar de un niño puedan ser entregados a un apoderado. Utilice los botones de esta página (debajo de la imagen) para obtener una copia para su uso.
2 – Produzca el nombre de cada uno de los Padres que pretenden delegar la autoridad
La primera sección «1. Información de los Padres» es el área donde declararemos varios datos con respecto a cada uno de los Padres involucrados con el Niño. Ambos Padres del niño deben tener la información solicitada cuando sea apropiado.
Registre el Nombre Legal del Padre que emite este documento en el primer espacio vacío Use el espacio en blanco después de la etiqueta «Mi Dirección» para documentar el Número de Edificio Residencial del Padre que emite, Nombre de la Calle, Número de Apartamento aplicable, Ciudad y Estado. A continuación, el número de teléfono del progenitor emisor debe informarse después de las palabras «…Best Way To Contact». Por último, introduzca el número de licencia de conducir del padre emisor (o un número de identificación estatal/federal similar) justo debajo de las palabras «Número de licencia de conducir…» Las siguientes tres líneas en blanco, «Nombre del otro progenitor», «Dirección» y «Número de teléfono» necesitarán el nombre, la dirección residencial y el número de teléfono actual del segundo progenitor El progenitor que emite esta delegación deberá indicar la situación del otro progenitor en relación con este trámite. Si el otro progenitor va a firmar este documento, el progenitor emisor deberá poner sus iniciales en el primer espacio en blanco. Si el otro progenitor no firmará este papeleo, el progenitor emisor deberá poner sus iniciales en el segundo espacio y, a continuación, revelar por qué el otro progenitor no firmará este documento.
3 – El(los) padre(s) debe(n) reconocer las divulgaciones de este documento
La segunda sección, «2. Reconocimiento de la declaración de divulgación», proporcionará una declaración de reconocimiento que cada padre debe rubricar. El Padre emisor debe leer y luego poner sus iniciales en la primera declaración, mientras que el otro Padre debe leer y poner sus iniciales en la segunda declaración.
4 – Indicar el estado de cualquier orden judicial existente
El Padre emisor deberá abordar la cuestión de una posible orden judicial que pueda aplicarse a quién tiene la Autoridad sobre el bienestar del niño. Este documento no tendrá ningún poder para interferir con una orden de custodia emitida por los tribunales. El progenitor emisor deberá poner sus iniciales en el espacio en blanco que precede a la declaración que mejor se aplique a la situación actual.
Si no se ha emitido ninguna orden judicial en relación con el menor, el director emisor deberá poner sus iniciales en la primera declaración. Si se ha emitido una orden judicial con respecto a este niño, el Padre emisor debe poner sus iniciales en la segunda línea en blanco. Además, el número de caso y el condado deben registrarse (en ese orden) en los dos espacios en blanco después de las palabras «…Número de caso»Si se ha emitido una orden judicial que delega el derecho a decidir dónde vive el niño al Padre emisor, éste debe poner sus iniciales en la tercera declaración. Si el progenitor emisor ha entregado una copia de todas las órdenes judiciales vigentes relativas al menor al apoderado, el progenitor debe poner sus iniciales en la última declaración.
5 – Designar formalmente al Agente como Tutor del Menor
Es imprescindible para este nombramiento que cada Agente que se designe con Poder Principal se informe en «4. Designación de Agente». En primer lugar, localice el espacio en blanco después de la etiqueta de paréntesis «(Print Name Of Agent)» para introducir el Nombre Legal Completo del Agente al que se le otorgan Poderes de Tutor sobre el Niño en cuestión. A continuación, facilite la Dirección del Apoderado Tutor utilizando el espacio en blanco etiquetado como «Dirección del Agente».
A continuación, indique el número de identificación estatal del agente (es decir, el permiso de conducir) y el estado que lo expide. Documente el Número de Identificación del Apoderado utilizando el primer espacio en blanco después de la declaración «Número de Licencia de Conducir y Estado Emisor» La última línea en blanco requiere el Número de Teléfono de Contacto donde el Agente puede ser contactado inmediatamente.
6 – Indique el nombre de cada uno de los hijos que estarán bajo el cuidado del Agente
La siguiente sección «5. Hijos cubiertos por este poder» busca presentar claramente el hijo del que el apoderado se hará cargo en nombre del padre. Aquí sólo se requieren dos datos. Utilice la primera línea para introducir el Nombre, el Segundo Nombre y el Apellido del Niño. El Cumpleaños del Niño debe ser documentado en la línea en blanco etiquetada como «Fecha de Nacimiento».
7 – Los Poderes del Tutor deben ser aprobados por el Director
Los Poderes del Tutor que se entregarán al Apoderado deberán ser aprobados por el Padre emisor. Se ha suministrado una lista para este propósito en «6. Poderes (Áreas de Autoridad)» El Padre tendrá que poner sus iniciales en cada Declaración de Poder que defina un tipo de Autoridad que se otorgará al Agente Tutor.
Si el Tutor debe tener el Poder Principal de «Mantener la Posesión Física del Niño» entonces el Principal debe poner sus iniciales en la línea en blanco que se adjunta a la primera declaración. La segunda declaración proporcionará el lenguaje para permitir al Agente Tutor determinar dónde vivirá el Niño (a menos que haya una orden judicial involucrada). Si el Agente puede tomar esta decisión, deberá poner sus iniciales en la segunda declaración. Si el Padre desea conceder al Agente la Autoridad requerida para suministrar al Menor la Autoridad para suministrar «Cuidados, Protecciones y Disciplina Razonable» necesarios para el bienestar del Menor al Apoderado Tutor, entonces, el Padre emisor debe poner sus iniciales en la tercera declaración. Si el apoderado puede supervisar la «formación moral y religiosa» del menor, entonces el director debe poner sus iniciales en la cuarta declaración El padre puede otorgar al apoderado la autoridad para (si procede) organizar el preescolar o la guardería para el menor. Si el Tutor debe tener este Poder, entonces el Padre debe rubricar la quinta declaración. La sexta declaración contiene el lenguaje requerido para dar al Agente Tutor la Autoridad Parental para decidir dónde va el Niño a la escuela y para acceder a los Registros Escolares del Niño. Para dar al Apoderado Tutor la capacidad de Inscribir al niño en las actividades escolares (y dar la autorización), el Padre debe poner sus iniciales en la línea justo antes de las palabras «To Register The Child For…» Se puede otorgar al Apoderado Legal la Autoridad para hacer arreglos, dar consentimientos y, en general, aprobar o negar la participación/inscripción del niño en actividades extracurriculares (es decir, actividades sociales, deportes, etc.) si el Padre pone sus iniciales en la séptima declaración de esta lista. El Padre emisor puede entregar los Poderes Principales requeridos para organizar las Provisiones del Niño (es decir, ropa, comida, alojamiento, atención médica, atención de salud mental, etc.) al Agente Tutor rubricando la octava declaración. El Agente Tutor puede ser designado con los Poderes Parentales necesarios para manejar las pólizas de seguro del niño. La novena declaración puede entregar este Poder cuando es rubricado por el Padre. Debe tenerse en cuenta que esta declaración también otorgará la Autoridad para determinar qué pólizas de seguro debe tener el Niño. Si el Mandante rubrica la décima declaración, el Apoderado Legal será designado con la capacidad de obtener Atención Médica Física, Dental y Mental para el Niño como la capacidad de acceder a los registros del Niño relacionados con cualquier servicio de este tipo, así como dar el consentimiento para estos servicios. La undécima declaración definirá al Apoderado Legal como el Agente Designado del Menor para los fines enumerados en la Ley de Portabilidad y Responsabilidad del Seguro Médico de 1996 (HIPAA). Si el Padre desea otorgar esta designación al Agente, entonces debe poner sus iniciales en el espacio en blanco que precede a esta declaración. La capacidad de los padres para abrir y gestionar cuentas bancarias o cuentas en instituciones financieras (a nombre del menor) puede ser entregada al Apoderado Tutor cuando la decimotercera declaración de esta lista sea rubricada por el padre emisor. El Apoderado Tutor puede tramitar licencias y/o registros de vehículos de motor, embarcaciones, etc. con Poderes Parentales una vez que, el Padre emisor rubrique la decimocuarta declaración de esta lista. El enunciado de la decimoquinta declaración dará al Apoderado Tutor el Poder de cofirmar/garantizar préstamos para el niño en relación con la Educación, Bienes/Servicios, u otras áreas en las que sea apropiado cuando el Padre ponga sus iniciales en la línea en blanco presentada ante él El siguiente enunciado de esta lista permitirá al Apoderado Tutor cobrar/pagar deudas relativas al Niño (del capital del Niño) y «…Defender las demandas contra el menor», así como «…Perseguir las demandas en beneficio del menor» cuando el Mandante rubrique el espacio en blanco correspondiente. Si el Apoderado Legal tuviera el Poder Principal de dar el consentimiento para el empleo apropiado y legal del Menor, entonces el Padre debe rubricar la decimoséptima declaración. El Padre puede autorizar al Apoderado Tutor a organizar y llevar a cabo planes de viaje para el Menor tanto dentro como fuera del País. Esto significa que cualquier papeleo que deba ser presentado en nombre del Menor para Viajar puede ser ejecutado por el Apoderado Tutor como lo considere conveniente. Para otorgar este Poder, el Padre debe poner sus iniciales en el decimoctavo punto de esta lista.
8 – Identificar las necesidades especiales del niño
Muchos niños pueden ser alérgicos a ciertas cosas (por ejemplo, medicamentos, abejas, cacahuetes, etc.) y/o pueden tener necesidades específicas de salud o dietéticas. Para designar de forma segura y responsable a un tutor con estas facultades, debe documentarse en «7. Alergias y necesidades especiales de salud» un informe completo sobre estos problemas de salud particulares del niño en cuestión. Se ha proporcionado un espacio en blanco para este propósito, sin embargo, se puede incluir un archivo adjunto con esta información si se requiere más espacio. Si está trabajando con un programa de edición puede simplemente insertar más líneas según sea necesario.
9 – Proporcionar documentación para cualquier límite o restricción de los poderes del tutor
El padre del niño puede decidir que algunas limitaciones y restricciones deben aplicarse a los poderes principales del tutor. Si es así, deben determinarse y presentarse tan claramente como sea posible en el área suministrada en «8. Limitaciones del Apoderado.» Si no hay suficiente espacio, puede añadir más líneas a esta sección o suministrar el resto de estas Limitaciones/Restricciones en un anexo
10 – Cualquier Agente Alterno Capaz de Asumir los Poderes del Tutor debe ser Declarado
A menudo, puede ser en el mejor interés tanto de los Padres como del Niño asignar a un individuo como Agente de Reserva. Se trata de un Agente Suplente que puede asumir la Autoridad Principal para cuidar al Menor según este documento si el Apoderado Tutor no puede o no quiere actuar como Cuidador del Menor. Para declarar una entidad con esta Autoridad, se deben entregar varios datos en esta página en la sección «9. Designación del Agente Alterno». Utilice las líneas en blanco etiquetadas como «Nombre», «Dirección» y «Número de teléfono» para proporcionar la identidad y la información de contacto del Agente Suplente
11. Duración de los Poderes Principales del Tutor
La siguiente sección, «10. Duración», requerirá una Fecha de Calendario asignada a la Fecha de Terminación. La Fecha de Terminación, cuando estos Poderes naturalmente expiran, debe ser listada en el espacio en blanco de la declaración «La Fecha de Expiración de este Poder es». Una vez informado esto, el Padre emisor debe poner sus iniciales en la línea en blanco que precede a la declaración de esta sección.
12 – Describa cómo se verán afectados estos poderes del tutor si el Padre queda incapacitado
Se han suministrado dos declaraciones a «11. Efecto de la incapacidad posterior» para que el Padre pueda definir fácilmente cómo afecta su incapacidad a la designación de este documento. Si los Poderes entregados aquí no deben ser afectados por la Incapacidad del Padre, la primera declaración debe ser rubricada por el Principal. Sin embargo, si el Mandante prefiere que estos Poderes terminen automáticamente en la Fecha en que los tribunales determinen que está incapacitado, el Padre deberá poner sus iniciales en la segunda frase.
13 – El Almacenamiento de este Documento debe ser Descrito
La Sección «12. Disposiciones de Revocación» debe ser leída cuidadosamente por cada Padre. Esta declaración informará a los padres de cómo se puede revocar este documento y dejarlo sin efecto. La siguiente sección que requiere atención directa es «13. Original y copias». Aquí se debe informar dónde se encuentran el Niño y esta documentación. Utilice el primer espacio en blanco para informar el Nombre y la Dirección de la persona con la que el Niño vive actualmente en la primera línea en blanco. La segunda línea en blanco requiere la dirección física exacta en la que se guardará cada copia de esta documentación y a la que podrán acceder de forma fiable en cualquier momento las entidades con derecho a hacerlo.
14 – Cada uno de los padres debe firmar esta documentación ante dos testigos
Ambos padres deben firmar este documento, para que pueda ejecutarse correctamente. Si uno de los Padres no quiere o no puede firmar este papeleo, asegúrese de que se ha suministrado un informe explicando el motivo a la sección «1. Información de los Padres.» Al menos uno de los padres debe firmar este documento para que se ponga en marcha. Las firmas de los Padres deberán ser suministradas en «15. Firmas» ante dos Testigos. Para empezar, la Fecha de Firma del primer Padre emisor deberá ser introducida como Día del Calendario, Nombre del Mes y Año del Calendario en los espacios en blanco que preceden a los términos «Firmado en este», «Día de» y «20» Una vez suministrada la Fecha de Firma, el Padre emisor deberá firmar e imprimir su Nombre en las líneas en blanco designadas como «Firma del Padre» y «Nombre Impreso.» El segundo Padre también debe firmar este documento si está disponible para hacerlo. Al igual que con el primer Padre, el segundo Padre debe proporcionar la Fecha en que firma este documento en el área correspondiente. El segundo progenitor debe firmar su nombre en la «Firma del otro progenitor» y, a continuación, escribir su nombre en la línea «Nombre impreso». La siguiente parte de este documento, «16. Testigos», da a cada uno de los Testigos un área específica donde puede proporcionar su «Firma», «Nombre impreso», «Fecha» y «Dirección».